Poder Judicial archiva caso de lavado de activos contra Keiko Fujimori en proceso «Cócteles»

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El fallo del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional también beneficia a coprocesados, aunque se mantienen imputaciones por falsedad genérica.

El Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada dispuso el archivo definitivo de la causa por presunto lavado de activos y organización criminal contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, en el marco del proceso conocido como caso «Cócteles».

La abogada Giulliana Loza informó la decisión a través de su cuenta en X, destacando que el fallo concluye que “no hubo lavado de activos ni organización criminal” en el proceso seguido contra su defendida.

El juez Wilson Omarx Verastegui Gálvez ejecutó la sentencia 185/2025 del Tribunal Constitucional, la cual determinó que los hechos imputados carecen de contenido penal bajo el principio de legalidad. Asimismo, la resolución extiende el beneficio del archivo a los coprocesados Pier Paolo Figari, Ana Rosa Herz, Jaime Yoshiyama Tanaka, José Chlimper Ackerman y al partido Fuerza Popular, aplicando el principio de igualdad ante la ley al considerar que todos se encontraban en una situación fáctica idéntica respecto a la recaudación de fondos con fines proselitistas.

Sin embargo, el Poder Judicial declaró la subsistencia de las imputaciones por los delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica contra Fujimori y otros integrantes del partido. Por ello, el juzgado ordenó devolver el requerimiento fiscal al Ministerio Público para que emita un nuevo pronunciamiento sobre estos cargos específicos.

Finalmente, se precisó que la investigación por lavado de activos continuará respecto a Mark Vito Villanella y la empresa MVV Bienes Raíces SAC, al considerarse que su situación jurídica es distinta.

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